Según Rodrigo Uprimny,  la investigación del CNE contra Petro tiene fines políticos, pero no es un golpe blando

Según Rodrigo Uprimny, la investigación del CNE contra Petro tiene fines políticos, pero no es un golpe blando

22 de oct de 2024

El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Colombia ha decidido abrir una investigación y formular cargos contra el presidente Gustavo Petro y otros miembros de su campaña presidencial, una acción que ha desencadenado un intenso debate jurídico y político en el país. La investigación surge por una presunta violación del régimen de financiación de campañas. Este episodio del podcast se centra en la discusión sobre la legitimidad y competencias del CNE para investigar al presidente, así como las implicaciones políticas de esta acción.

Capítulos

Anuncio del CNE y reacción política

El Consejo Nacional Electoral anunció la apertura de una investigación contra el presidente Gustavo Petro y su campaña, alegando posibles irregularidades con el reporte de aportes y pagos. Esto ha intensificado el debate sobre la competencia del CNE para investigar al presidente.

Debate sobre competencias del CNE

El debate se centra en si el CNE tiene jurisdicción para investigar y sancionar al presidente por supuestas faltas electorales. El CNE sostiene que es competente, mientras que los defensores de Petro alegan que solo la Comisión de Acusaciones de la Cámara puede investigar al presidente.

Contexto histórico y situación actual

Se compara este caso con el de campañas anteriores, donde no se procedió de manera similar, como los casos de Odebrecht y ñeñepolítica. El CNE, percibido como un órgano político, está bajo escrutinio por su presunta falta de imparcialidad.

Posiciones jurídicas enfrentadas

Existen dos tesis: una, que el presidente tiene un fuero integral que lo protege de investigaciones del CNE, y otra, que el CNE está facultado para investigar faltas administrativas sin destituir al presidente, según la ley 996.

Conclusiones del profesor Rodrigo

Rodrigo expone que las decisiones del CNE pueden ser revisadas judicialmente y que el órgano no puede destituir al presidente, solo sancionarlo pecuniariamente. Resalta la necesidad de una reforma del sistema electoral para evitar politización.

Conclusión

El episodio plantea que, a pesar de la controversia política y jurídica, el Consejo Nacional Electoral no tiene poder para destituir al presidente, y esta situación debe ser manejada dentro de los cauces institucionales. Se llama a la necesidad de reformar el CNE para asegurar su imparcialidad y preservar la estabilidad institucional del país.

Menciones

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               Hola, disculpe, ¿me he molestado? Cuando estás acostumbrado a escuchar un tipo de comercial, algo así puede, bueno, te llevar a la sorpresa. Es así que es con el Lexus RX, un vehículo que ha continuado a defiar expectativas durante más de 25 años. Desde el primer vehículo de lujo de su tipo, hasta el primer vehículo de lujo de lujo, hasta el único plug-in híbrido valiente del nombre RX. Entendemos que quieres más que el SUV de todos los días, y no está siendo entendido un sentimiento increíble. Experiencia increíble en tu dealer de Lexus. Hace unas semanas, el Consejo Nacional Electoral, el organismo encargado de investigar y controlar las campañas electorales, anunció la apertura de una investigación y, ojo, formuló cargos contra el presidente Gustavo Petro y otras tres personas que trabajaron en la campaña presidencial por la presunta vulneración del régimen de sesión de hoy 8 de octubre del presente año decidió por mayoría a abrir investigación y formular cargos a la campaña presidencial de primera y segunda vuelta de la coalición pacto histórico representada por los ciudadanos gustavo francisco petro urrego candidato ricardo roa vargas gerente de campaña. Según el comunicado de prensa del Consejo Nacional Electoral, la campaña de Gustavo Petro habría omitido reportes de varios aportes y pagos que se hicieron a la campaña y entre ellas están los testigos electorales que se acuerdan eran las personas que fueron contratadas por la campaña, hay mismo que se cerraron las urnas para estar ahí en el conteo de votos, que resultó siendo un proceso muy difícil de manejar porque se refundieron no varios votos, sino miles de votos que fueron encontrados precisamente por los testigos electorales. Por cuenta de estos costos, dice el Consejo Nacional Electoral, la campaña que llevó al poder al actual mandatario habría incurrido en serias irregularidades. El hecho que dentro de este pliego de cargos esté expresamente escrito el nombre del presidente Gustavo Petro ha suscitado un debate nacional jurídico de inmensas proporciones, que tiene al país más polarizado que nunca. Más polarizado que nunca. De un lado, el Consejo Nacional Electoral sostiene que sí es competente para investigar al presidente de la República en materia de delitos administrativos, de delitos electorales, y que puede imponer una sanción si hubiese lugar sobre el presidente. Y que eso, lejos de ser un abusouso de poder está sustentado en varias decisiones del Consejo de Estado. Por el otro están quienes plantean que el fuero del presidente es integral y que el único órgano que puede investigar al presidente es su juez natural, que es la Comisión de Acusaciones de la Cámara y que el único que puede también destituir a un presidente en Colombia a través de un juicio político, hecho que nunca ha sucedido. En este debate también hay que advertir que el Consejo Nacional Electoral es un órgano totalmente político y que en este momento está controlado por partidos que se opante a la Cámara, Ingrid Aguirre, desde hace un año, por acoso sexual y por corrupción. Una demanda que hicimos pública aquí, en Afondo. Pero, oh sorpresa, que cuando llego al CNE había otras personas en el lugar donde estábamos y él me dice, ¿qué pensaron de la propuesta que les hice? En dos días debo fallar. Y le dije, ¿no le quedó claro que dijimos que Fuerza Ciudadana no va a acceder a sus chantajes y a su extorsión? Entonces él ahí me dice, entonces hay otra forma de resolverlo, tú puedes pagarme con tu cuerpo. Es evidente que este tema de la politización del Consejo Nacional Electoral contra un presidente de la República y su campaña. Ahora, de ahí a decir que hay iniciándose un golpe blando, como lo ha planteado desde un comienzo el presidente Gustavo Petro, hay mucho trecho. A propósito, ¿se han dado cuenta de que le están quitando los votos a los congresistas del pacto histórico, suspendiéndolos con órdenes administrativas? Es decir, están cambiando de facto la representación política en el Congreso que el pueblo eligió. Le quitaron al pacto la presidencia del Congreso y ahora sus votos. Este es el golpe de Orlando. Y para explicar qué es lo que de verdad está pasando y por qué no está en juego ni la estabilidad del presidente ni de su gobierno por cuenta de esta apertura de investigación, hemos invitado al profesor Rodrigo. ¿El Consejo Nacional Electoral puede o no investigar al presidente? El tema tiene su enredo jurídico. Si estuviéramos en un ambiente no polarizado, sería una discusión tranquila, en donde se reconocería que hay un vacío jurídico y tesis enfrentadas. El problema que estamos viviendo es que no hay claridad jurídica en un ambiente polarizado y eso es un gran problema. Hay unas claridades jurídicas, pero en este punto creo yo que no hay claridad jurídica. ¿En qué hay claridad jurídica? El Consejo Nacional Electoral como organismo encargado de la regulación, inspección y vigilancia de las elecciones y control tiene la potestad de investigar campañas. Es sobre eso, incluyendo las campañas presidenciales del ganador. Eso no hay duda. Lo segundo que no hay duda es que el Consejo Nacional Electoral no puede suspender ni destituir al presidente. Sobre eso no hay duda. Eso solo lo puede hacer el Congreso por el juicio por indignidad, que es un juicio complejo y largo. Donde hay discusión es si el Consejo Nacional Electoral puede o no investigar al presidente. Y ahí hay dos tesis enfrentadas. De un lado está la tesis que sostiene el presidente, que han sostenido sus abogados y juristas respetables, como José Gregorio Hernández, que consideran que el fuero es integral, el fuero presidencial es integral, y que como es integral no podría el Consejo Nacional Electoral investigarlo ni sancionarlo, ni siquiera con sanciones pecuniarias, multas o devoluciones de dinero. Y hay la otra tesis que es de la sala de consulta del Consejo de Estado y del Consejo Nacional Electoral. ¿Por qué la sala de consulta del Consejo de Estado? Que suena raro. Porque esta sala tiene la facultad de que cuando hay ciertos conflictos de competencia en donde dos órganos se disputan la competencia y son órganos en donde uno de ellos es un órgano no judicial sino administrativo, como el Consejo Nacional Electoral, que es un órgano independiente pero no judicial, por eso es raro que se llamen sus integrantes magistrados, yo creo que deberíamos dejar de llamarlos magistrados, llamarlos consejeros. Y entonces tiene la facultad de resolver esa competencia y ambos habían reclamado la comisión de acusaciones de la Cámara y el Consejo Nacional Electoral habían reclamado la competencia exclusiva para investigar al presidente Petro por eventual violación de las reglas de financiación electoral, topes electorales o financiación de fuentes no autorizadas. Y lo que dijo el Consejo, la sala de consulta del Consejo de Estado, es que el fuero presidencial no era pleno. Y eso es también obvio. Es decir, si el presidente tiene una deuda conmigo, yo puedo demandarlo. El presidente sí puede acudir a juicios. Y que estaba restringido a lo penal y disciplinario. Y que, por consiguiente, no cubría las faltas electorales. Y que la ley que había regulado el tema de esas competencias del Consejo Electoral, que es la ley 996, había atribuido al Consejo Nacional Electoral la facultad de investigar al presidente también. ¿Por qué? Porque esa ley establece que en el tema de la información sobre los gastos electorales responden solidariamente a nivel administrativo, responden solidariamente tanto el jefe, el candidato como el director de la campaña y que le corresponde al Consejo Nacional Electoral investigar eventuales violaciones de esas reglas electorales e imponer multas o sanciones pecuniarias, también devoluciones de dinero. Y entonces que, por consiguiente, el Consejo Nacional Electoral tiene esa competencia. Entonces ahí hay un enredo jurídico, ahí no hay claridad jurídica. Yo creo que la tesis de que el presidente, ese fuero incluye, el fuero presidencial incluye la posibilidad de faltas electorales no es para nada débil, es una tesis sólida, de decir, bueno, pues que por esa vía también se puede cuestionar al presidente y impedir ejercerle su función. Pero la otra tesis también es sólida, es una tesis que establece, hombre, los fueros son una excepción al principio de igualdad ante la ley. Entonces, por consiguiente, uno debe interpretarlos no de manera ampliada, sino de manera restrictiva, para que todos tengamos la misma ley. Por consiguiente, si la Constitución no dice, y no dice en ningún lado, que el fuero es integral y no dice en ningún lado que el fuero incluye también las faltas electorales, por consiguiente en eso el presidente debe responder como otros candidatos. Otra cosa es que no lo pueden sacar de su cargo, no lo pueden destituir, no lo pueden suspender, eso lo puede hacer solo el Congreso. Entonces, ahí hay un debate jurídico que, repito, si estuviéramos en un ambiente más tranquilo y con un Consejo Nacional Electoral más decente, pues podría tramitarse más pacíficamente. también este debate. Evidentemente estamos ante la primera vez que un Consejo Nacional Electoral le abre una investigación formal a un presidente en ejercicio. La última vez que estuvimos en esos terrenos farragosos fue en la presidencia de Ernesto Samper, cuando se le inició a él un proceso político en el Congreso por cuenta de la financiación de su campaña con dineros ilícitos desde entonces casi que todas las campañas desde uribe para acá incluida la de pastrana han estado en el ojo del huracán por el tema de la financiación y por haberse volado los topes presuntamente. Sin embargo, ni en la época de Santos con el escándalo de Odebrecht, ni en la época de Iván Duque con el escándalo de la ñeñe política, se abrió una investigación contra ninguno de ellos. Hoy, por primera vez, repito, un consejo electoral abre una investigación formal contra la campaña de un presidente que está en ejercicio y lo señala a él también como posible persona para investigar. Y con un detallito más, y es que desde el 2017 la financiación indebida de las campañas se convierte en un delito penal, que tiene una pena hasta de cinco años y que puede llegar hasta el presidente de la República. No hay duda que la campaña de Gustavo Petro tendría que ser investigada, porque hay varias evidencias que sugieren que hubo irregularidades. La pregunta es, ¿por qué ahora sí y antes no? Yo creo que el Consejo Nacional Electoral es una vergüenza. La composición actual, un poco más vergonzosa que otras, pero siempre ha sido muy complicado, porque tiene un origen claramente político. Los miembros del Consejo Electoral son elegidos cada cuatro años por las mayorías en el Congreso. En este Congreso, en este Consejo Nacional Electoral, en su designación participó el Pacto Histórico y otras fuerzas que tienen también su cierta responsabilidad a quienes designaron. Y se modifican totalmente cada cuatro años. Entonces, tampoco el Consejo Nacional Electoral tiene lo que uno pudiera llamar una jurisprudencia, no tiene una continuidad. O sea, este Consejo Nacional Electoral no tiene nada que ver con el Consejo Nacional Electoral que investigó a Santos o que investigó a Uribe. Entonces, no tiene esa posibilidad de la continuidad jurisprudencial que tiene la Corte Suprema, el Consejo de Estado, la Corte Constitucional, que tienen más continuidad en sus magistrados más allá de los periodos del Congreso. Entonces aquí hay un diseño de origen que muchos hemos criticado desde hace muchísimo tiempo. Mientras no se modifique la composición del Consejo Nacional Electoral, estos escándalos se van a repetir. Este tipo de ideas de que se está usando políticamente el Consejo Nacional Electoral se va a repetir. Y yo creo que aquí hay un uso político del Consejo Nacional Electoral que aprovechan entonces esta posible interpretación, no irrazonable, de que también se puede investigar al presidente. Y yo creo que hay una agenda política, no sé si de todos, pero al menos de claramente de dos o tres integrantes del Consejo Electoral, Ordú, Alvaro Hernández Prada y yo diría también Alfonso Campos, que era alto funcionario del gobierno Duque. Entonces eso hay que modificarlo y yo estoy de acuerdo en la molestia que puede tener el petrismo y que puede tener el presidente Petro decir por qué en el pasado no hicieron eso, pero por qué no modificaron el Consejo Nacional Electoral, por qué no han hecho la reforma electoral que requerimos. La designación, el origen, como estaba el Consejo Nacional Electoral en la Constitución del 91 ya era malito, pero en el 2001 lo volvieron peor. Antes al menos eran elegidos por el Consejo de Estado de Ternas que presentaban los partidos. Ahora es directamente el Congreso en votación. Entonces no es de extrañar que haya ese uso político del Consejo Nacional Electoral. Y ese es un argumento que a mí me parece importante para decir el fuero presidencial debería cubrir también las investigaciones del Consejo Nacional Electoral por los riesgos de ese uso político del Consejo Nacional Electoral. Creo que ese es un buen argumento. A mí lo que me molesta de ese argumento es decir que el otro argumento, que sí lo puede investigar, es prevaricato y que es ridículo. No lo creo. O sea, decir que lo que dijo la sala de consulta del Consejo de Estado, que tiene magistrados y magistradas muy decentes y respetables, es un prevaricato, me parece que es una exageración total. pasa por una reforma futura, que ojalá esto genere el consenso, necesitamos una reforma electoral de la organización electoral y tener una organización electoral independiente, puede ser una corte electoral como han planteado algunos, o al menos modificar la composición, que sean personas que duren ocho años, entonces que no dependan directamente de los partidos y que entonces cuando investiguen la gente diga, bueno, les creo. Pero yo entiendo que nadie le cree hoy al Consejo Nacional Electoral y por eso todos pensamos que hay que restringirle sus competencias. Eso es comprensible, pero cuando uno mira la cosa jurídicamente no es tan claro que no tenga esa competencia. tenga esa competencia. Lo que está usted diciendo es que el hecho de que el Consejo Nacional Electoral no haya actuado de la misma manera con los otros presidentes y sus campañas que han estado en el cargo, ¿es porque tenían un control sobre el Consejo Nacional Electoral? Porque era otra composición y tenían otras motivaciones políticas, porque ha sido siempre un óraciones políticas, porque ha sido siempre un órgano político, no ha sido una corte, por eso no los debíamos llamar magistrados. Los que están ahí no tienen la estatura de los magistrados, son representantes de partidos políticos en un consejo político, que es tan político que reglamenta cuántos van a ser los topes. Es una organización de naturaleza política. La pregunta que le tengo yo es si se corre el riesgo de que el presidente en ejercicio pueda terminar en la cárcel. ¿Por qué lo digo? Pues porque desde el 2017, los delitos electorales que eran administrativos se volvieron delitos penales. Y si se cursa un proceso político en el Congreso ante su juez natural, un presidente hoy puede ser destituido por haber financiado indebidamente su campaña. Podría ir a la cárcel en el caso de financiación por fuentes no autorizadas, que creo que vale la pena aclarar que en este caso a la campaña de Petro no se la acusa de recibir dineros ilegales, sino cuando se la acusa de fuentes no autorizadas, es porque hay una prohibición de que personas jurídicas puedan financiar campañas presidenciales. Eso está prohibido. Y que la campaña presidencial del presidente Petro habría recibido financiaciones de la USO y de FECODE. Entonces, no es dinero del narcotráfico ni nada, no hay ninguna acusación de esas en lo que ha investigado el Consejo Nacional Electoral contra la campaña del presidente Petro, sino esas posibles financiaciones no informadas de parte de personas jurídicas estos sindicatos. Entonces, en ese caso de financiación por personas jurídicas, sí, eso es un delito que puede comprometer también al presidente. Para eso se necesitaría que hubiera autorización del Congreso por un juicio político ante el Congreso, de que se pueda investigar esos delitos. Y en todo caso es importante destacar, que lo dijo también la Sala de Consulta del Consejo de Estado, el Congreso no está, ni la Fiscalía cuando investigue delitos, está estrictamente vinculada por los hallazgos del Consejo Nacional Electoral. Es decir, el Consejo Nacional Electoral puede considerar que aquí hubo violación de los topes y primero puede considerar que la interpretación del Consejo Nacional Electoral no es adecuada porque hay unos debates jurídicos también. Hace parte de los gastos de campaña el pago de testigos electorales, o eso ya es después de la campaña. O antes incluso el pago de eventos que no tienen nada que ver. Para celebrar la victoria, ahí hay creo que buenas objeciones de la campaña de Petro, es decir, no son gastos electorales, los gastos electorales son los gastos para difundir el programa del candidato y conquistar apoyos. Pero ya para verificar cómo se votó, que es lo que hacen los testigos electorales, o para festejar, yo creo que hay buenos argumentos para decir eso no es gasto electoral, por consiguiente no se debía informar y no implica violación de tope. Entonces, el Consejo Nacional Electoral puede decir sí, eso hace parte de la campaña y violó los topes, y el Congreso decir no. Pero incluso si el Congreso llega a la conclusión de que hubo violación de los topes, tiene que evaluar la culpabilidad del presidente, el presidente sabía o no. en el sentido de que el presidente es culpable y decir no lo juzgo, porque genera una crisis política, porque es un juicio político, eso lo dijo en la sentencia que tuvo que ver con el caso de Samper, donde la Corte Suprema investigaba por prevaricato a los representantes que habían archivado el proceso contra Samper, porque consideraba que había evidencia de dineros indebidos y que debió acusar, y la Corte Constitucional dijo, hombre, pero es que son congresistas, hicieron un juicio político, y en un juicio político son inviolables. Entonces, por consciente decir que aquí el presidente está en peligro su mandato, en peligro su periodo, yo creo que es una exageración total, incluso si uno acepta que el Consejo Nacional Electoral puede investigar y sancionarlo peco, yo creo que es una exageración total, incluso si uno acepta que el Consejo Nacional Electoral puede investigar y sancionarlo pecuniariamente, que es un tema donde, repito, hay controversia y la tendrán que definir en su momento los jueces. Yo creo que hay buenos argumentos para las tesis de ambos lados. La una, la interpretación restrictiva del fuero, la otra, da al carácter político del Consejo Nacional Electoral no podemos permitir que investigue al presidente. Un vehículo que ha continuado a defiar expectativas por más de 25 años. Desde el primer vehículo de lujo de su tipo, al primer vehículo de lujo de lujo, al único vehículo de lujo de lujo que merece el nombre RX. Entendemos que quieres más que el SUV de cada día. ¿Y no está entendiendo un sentimiento increíble? Experiencia increíble en tu negocio de Lexus. ¿No hubiera sido más fácil que el Consejo Nacional Electoral investigara a la campaña y compulsara copias en el caso del presidente de la Comisión de Acusaciones y a los congresistas que hubieran estado metidos en el asunto, pues, compulsar copias ante la Corte Suprema de Justicia y los demás a la Fiscalía? Sí, yo creo, pero resultaron vinculados por la decisión de la sala de consulta del Consejo de Estado, porque ahí hubo el conflicto de competencias y entonces eso llegó a la sala de consulta del Consejo de Estado y el Consejo de Estado consideró con criterios, digamos, para nada arbitrarios, de que el fuero tiene que ser interpretado restrictivamente. consideró con criterios, digamos, para nada arbitrarios, de que el fuero tiene que ser interpretado restrictivamente. Creo que desde el punto de vista de la filosofía democrática, en el presidencialismo excesivo que tenemos en Colombia, interpretar expansivamente el fuero presidencial no es tan democrático. Y por eso la tesis de la sala de consulta no es para nada loca es decir que eso es prevaricado como han dicho algunos es una locura ni un golpe blando es una tesis discutible y la otra tesis el fuero si cubre eso basándose en esa sentencia SU 431 del 2015 que es un caso un poco distinto pero que razonablemente podría aplicar, decir que el fuero presidencial también cubre las faltas electorales, tampoco es arbitraria. Entonces, dejemos que los jueces decidan que haya una tutela del presidente contra la decisión del Consejo Nacional Electoral. Esa tutela llega a la Corte Constitucional y en dos meses la Corte Constitucional definirá y dirá, bueno, finalmente sí podía investigar el Consejo Nacional Electoral o no podía investigar el Consejo Nacional Electoral y no nos enredemos diciendo que hay un golpe blando y que ahí está en juego la dignidad presidencial. Yo no lo creo. Es un tema donde lo esencial está jurídicamente claro. Uno, el Consejo Nacional Electoral es una porquería y hay que reformarlo. Dos, el presidente tiene fuero y no está en lo esencial afectado, porque no lo puede destituir ni suspender sino el Congreso. No lo pueden investigar penalmente sino por autorización del Congreso. Y tres, el Consejo Nacional Electoral puede investigar las campañas, incluyendo la campaña ganadora. Y el punto de controversia, que cuando uno ya lo mira así, dice, es un punto chiquitico, es, ¿puede imponerle una multa al Consejo Nacional Electoral al presidente Petro? ¿Sí o no? ¿Ese es un golpe de Estado? ¿Que le pongan una multa a un presidente? Me parece que es una exageración terrible. Puede que la Corte Electoral llegue a la conclusión, si eso también está cubierto por el fuero y yo creo que sería una función razonable como también creo que no es para nada arbitraria la del consejo de estado y entonces si me molesta como ese bullying contra el consejo de estado contra la sala de consulta del consejo de estado diciendo que eso fue una locura fue probar cada uno yo yo me leí la el auto del consejo de estado los dos autos, y son autos cuidadosos, son decisiones cuidadosas. Puede uno controvertirlas o no, pero son cuidadosas. Entonces creo que el gran problema es la falta de claridad jurídica en un ambiente polarizado que atiza los ánimos indebidamente. atiza los ánimos indebidamente. O sea, ¿usted cree que Gustavo Petro se equivoca al decir que se está iniciando un golpe blando por cuenta de la decisión del Consejo Nacional Electoral de abrirle a su campaña una investigación formal? Yo creo, yo creo, porque el lío, el concepto de golpe blando es que nadie lo ha definido. Y entonces cuando uno les dice, ¿dónde está el golpe? Ah, es que ahí está empezando. Y entonces, yo en algunas visiones de ciertos autores de izquierda en América Latina, hace parte del golpe blando protestas contra un gobierno de izquierda, porque es que ahí se empieza a deslegitimar el gobierno para que finalmente lo destituyan en el Congreso. Entonces uno dice, hombre, ¿dónde quedó la democracia? Entonces para mí, golpe blando es lo que se intentó hacer en Guatemala. O sea, una fiscal que quería impedir que el presidente se posesionara. Eso sí es golpe. Pero decir que un intento de una entidad que no tiene ninguna respetabilidad en Colombia, de una entidad que no tiene ninguna respetabilidad en Colombia como el Consejo Nacional Electoral, que de pronto hizo algo que de pronto va más allá de sus competencias, digo porque es discutible al investigar al presidente, eso es un golpe de Estado cuando tiene todas las garantías. Nadie está diciendo que lo van a destituir y suspender. Tiene todas las posibilidades de defenderse jurídicamente. Finalmente la tutela llegará al Acorde Constitucional y se aclarará el tema. Entonces, yo creo que Petro debería recordar que quien lo salvó de la institución arbitraria de Ordóñez no fueron las movilizaciones en las calles, fueron los jueces. El sistema interamericano, por un lado, pero el sistema interamericano se demoró, fue esencialmente el Consejo de Estado. El Consejo de Estado fue el que finalmente primero suspendió y después anuló la destitución de Petro. Entonces ahora no jugar institucionalmente, sino jugarle a la movilización en las calles, yo creo que no es propio de la dignidad presidencial. que no es propio de la dignidad presidencial. Cuando hizo su discurso hace como una semana, arrancó muy bien, como diciendo, mire, este gasto no creo que sea un gasto electoral, el de los testigos, mire que finalmente el avión no se pagó, y como tratando de desmontar los posibles violaciones de topes, y cómo van a prohibirle a un sindicato que aporte a un partido. Bueno, ahí hay argumentos. En vez de centrarse en esos argumentos y decir discrepo de la decisión de que me puedan investigar y mis abogados están presentando los correspondientes recursos, decir que está en juego un golpe blando, yo creo que es desinstitucionalizar aún más al país. Esto es A Fondo. Mi nombre es María Jimena Duzán. A Fondo es un podcast producido por Mafialand. Producción general, Beatriz Acevedo. Producción de audio, Daniel Chávez Mora. Música original, del maestro Oscar Acevedo. Nos pueden escuchar también en mi canal de YouTube. Gracias por escuchar. Soy María Jimena Duzán. ¡Gracias por ver el video!