
La Corte devolvió la reforma pensional a la Cámara porque se saco del horno antes de tiempo
21 de jun de 2025
En un episodio de A Fondo, el investigador Kevin Hartman acompaña a María Jimena Duzán para desglosar la reciente decisión de la Corte Constitucional sobre la reforma pensional en Colombia. El tema central es entender el estado actual de la reforma pensional tras ser devuelta al Congreso debido a vicios de procedimiento.
Capítulos
Contexto del Trámite Legislativo
La Corte Constitucional decidió devolver la reforma pensional al Congreso debido a problemas en el proceso legislativo identificados por una demanda de la senadora Paloma Valencia. A lo largo del episodio, se explica el contexto del trámite de la reforma, incluyendo una explicación culinaria: la reforma es como una lasaña sacada del horno antes de tiempo, que necesita ser cocinada de nuevo para evaluar su calidad.
Procedimientos y Reglas en Cuestión
Se discutió la proposición que adoptó el texto completo del Senado y cómo se evitó la conciliación al aprobar esta proposición. Kevin Hartman detalla cómo la moción de suficiente ilustración se usó para cerrar el debate antes de tiempo, motivo principal por el cual la senadora Valencia presentó la demanda por vicios de procedimiento.
El Rol de la Corte y sus Decisiones
Tras revisar las demandas e informes del procurador Eljach, la Corte optó por un enfoque intermedio respecto a la reforma pensional. Se decidió devolver la ley para discutir nuevamente ciertos aspectos en la Cámara de Representantes. Se revisan también otros desafíos legales relacionados y el impacto de la actual sobrecarga de trabajo de la Corte.
Implicaciones Futuras y Necesidad de Reforma
La decisión unánime de la Corte de devolver la reforma abre la puerta a un nuevo debate, enfatizando la importancia de la reforma pensional. Hartman subraya por qué Colombia necesita urgentemente una reforma pensional, destacando la injusticia en el sistema actual, su costo elevado y su ineficacia para pensionar adecuadamente.
Conclusión
El podcast concluye dejando claro que con la decisión de la Corte, no se tendrá una reforma pensional vigente en el corto plazo. Sin embargo, se abre la posibilidad de un debate más amplio y fundamentado en el Congreso para reconsiderar y mejorar el contenido de la reforma. Kevin Hartman enfatiza la urgencia de corregir las fallas del sistema actual para asegurar una protección adecuada para los futuros pensionados del país.
Menciones
- (Org) Corte Constitucional
- (Persona) Paloma Valencia
- (Persona) Kevin Hartman
- (Org) Universidad de Lobaina
- (Evento) Devolución de la reforma pensional al Congreso
- (Lugar) Colombia
- (Persona) Gustavo Petro
- (Persona) Luis Fernando Velasco
- (Org) Congreso de la República
- (Org) Senado de la República
- (Org) Cámara de Representantes
- (Persona) María Martínez Arroyo
- (Ley/regulación) Ley 2381
- (Ley/regulación) Artículo 76
- (Corporación) Palacio Nariño
- (Persona) Jorge Enrique Ibáñez
- (Persona) Diana Fajardo
- (Persona) Margarita Cabello
- (Persona) Gregorio Eljach
- (Persona) Iván Name
- (Ley/regulación) Ley Quinta de 1992
- (Concepto) Reforma pensional
- (Persona) Andrés Forero
- (Org) Centro Democrático
- (Persona) Uprimny Ceballos
- (Concepto) Filibusterismo
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Y la verdad es que se abren muchísimos interrogantes, porque uno hubiera podido pensar que se devuelve para que se subsane rápido ese trámite que aparentemente no estuvo sometido a la norma. Pero también hay quienes dicen que esa es una oportunidad para abrir de nuevo la discusión. ¿Qué va a pasar con la reforma pensional? ¿Qué es lo que hay que subsanar? ¿Cuál fue el problema? Pues para explicarnos y para poner contexto de lo que está sucediendo en este momento con la reforma pensional, que yo creo que es una de las reformas que más necesita el país, desde hace unos 20, 30 años venimos pidiendo una reforma pensional, pues hemos invitado a Kevin Hartman. Él es un investigador especialista en pensiones de la Universidad de Lobaina y desde allá nos acompaña. Aquí en Afondo, bienvenido Kevin. nos acompaña aquí en Afondo. Bienvenido, Kevin. Muchas gracias, María Gemena, otra vez por la invitación. Para mí, un placer inmenso estar aquí con usted y con sus oyentes para hablar de un tema que a muchos nos apasiona y a otros les parece un dolor de cabeza. Pero fíjese que nosotros hicimos un podcast que fue muy exitoso porque usted explicó cómo era que quedaba la reforma pensional a través de la receta de la lasaña? Podemos utilizar otras analogías culinarias hoy también, si le parece. ¿Es verdad? Yo le propongo que usemos una analogía culinaria para que la gente... Perfecto. ¿Cuál es la que usted va a utilizar ahora? Pues, siguiendo con el tema de la lasaña, y si nos toca resumir esta decisión de la Corte Constitucional, pues básicamente es que la Corte le dijo al Congreso, usted me sacó la lasaña antes de tiempo, yo no la puedo probar todavía para saber si está buena o me hace daño, devuélvala al horno, tómese su tiempo, termine de cocinarla y cuando se termine de cocinar, me la pasa para que yo la pueda probar. Entonces, fíjense que la discusión no es que la lasaña esté mala o esté podrida, o que la lasaña esté buena y esté deliciosa, sino que está cruda y todavía le falta tiempo de cocción para que pueda probar efectivamente la corte si está buena o está podrida. Y todo eso tuvo que ver con una proposición, con una manera que se inventó yo creo que el gobierno de Gustavo Petro, en el momento era el ministro del interior, creo que era Luis Fernando Velasco, del interior, creo que era Luis Fernando Velasco perdón, Luis Fernando Velasco que yo creo que es una receta que yo creo que es muy importante que usted la explique es una receta que se le inventó Luis Fernando Velasco para me imagino agilizar la cocción de exactamente exactamente la lasaña. Entonces, acordémonos un poco del contexto de lo que estaba pasando. Sí, exacto. Sí, acordémonos un poco del contexto de lo que estaba pasando en ese momento. Estábamos a finales de junio del año 2024, así un año día por día. La Cámara de Representantes estaba discutiendo una reforma de 95 artículos que venía del Senado, que había pasado por la Comisión Séptima de la Cámara, y que le faltaba muy poco tiempo para, digamos, tenía muy poco tiempo la Cámara de Representantes para hacer la discusión completa de los 95 artículos y las más de mil proposiciones que se habían hecho, y hacer la conciliación, y que todo eso ocurriera antes del 20 de junio del año 2024. la conciliación y que todo eso ocurriera antes del 20 de junio del año 2024. Entonces, al verse en esa situación, básicamente el ministro del Interior de entonces, Luis Fernando Velasco, habiendo consultado, según él, a varios asesores constitucionalistas, se inventó una fórmula y es que la fórmula era para evitar la conciliación que podía ser efectivamente el momento en que la reforma pensional se terminaría cayendo por tiempos en el trámite legislativo. Entonces le dijo a algunos congresistas de la bancada de gobierno de la coalición de gobierno de entonces que firmaran una proposición y la hicieran aprobar, adoptando íntegramente el texto que venía del segundo debate en el Senado de la República texto que insisto había sido transformado para bien en la Comisión Séptima de la Cámara en el tercer debate pero para evitarse la conciliación se adopta íntegramente el texto del Senado entonces pasa esa proposición, en ese momento estaban discutiendo otra cosa, en ese momento me acuerdo perfectamente que estaban discutiendo la ponencia de la representante Alfonso, que estaba liderando la reforma pensional, que tenía una ponencia que era basada sobre el tercer debate de la Cámara de Representantes, y iban a discutir artículo por artículo, empezando por el artículo de la vigencia del sistema de pensiones. Entonces, en ese momento se cambia el debate, por la moción de aprobar esta proposición, se aprueba esa proposición, y entonces al aprobar esa proposición, se termina el debate, se aprueba la reforma pensional y directamente sale del Congreso de la República al Palacio Nareño para sanción presidencial. Entonces eso fue lo que ocurrió, básicamente la fórmula que utilizó el ministro del Interior para acelerar el proceso era sacrificar las ganancias de debate que se habían logrado en la Comisión Séptima de la Cámara, entre otras cosas, se había mejorado el texto, por ejemplo, en el mico que metieron en el segundo debate en el Senado de la República sobre las comisiones de las Administradoras de Fondos Pensionales, que las aseguran un ingreso equivalente a lo que estaban teniendo hasta este momento por los primeros años, y se había modificado eso, se habían modificado algunas otras estructuras de la reforma pensional que la habían mejorado y en el debate también de la plenaria había proposiciones que iban a mejorar efectivamente el sistema pensional, creo que habría salido, si se hubiera aprobado ese texto que se estaba cocinando en la cámara habría salido una mejor reforma de lo que salió pero entonces se paró la discusión y se decidió presentar la proposición esta. La proposición de la representante María Martínez Arroyo. Exacto, como para acelerar la cocción. Entonces le metieron, digamos digamos mucho fuego al horno para acelerar la cocción, pensando que haciendo eso aceleraban la cocción y pues entonces la corte digamos después pasó otra cosa entonces llegó se aprobó la reforma pensional y qué pasó qué hizo la senadora entonces claro en ese momento se aprobó la reforma pensional se sanciona la reforma pensional. ¿Y qué pasó? ¿Qué hizo la senadora? Entonces, claro, en ese momento se aprobó la reforma pensional, se sanciona la reforma pensional y a los dos días la senadora Paloma Valencia interpone una demanda de constitucionalidad ante la Corte Constitucional, básicamente como con tres cargos, pero el primero es el más importante en el que vamos a centrarnos insistiendo en lo siguiente, que acordarnos que Colombia tiene una estructura jerárquica de las normas, donde la Const constitución es la más importante de todas y todas las demás tienen que ser compatibles con la constitución, entonces las leyes pueden tener como dos tipos de problemas un problema en donde el contenido de la ley es contradictorio con la constitución y otro problema que es que la manera en que se aprobó la ley es contradictoria con la constitución y el debate que tiene la cortorte Constitucional en este momento es sobre la manera en que se aprobó la reforma pensional. No tiene nada que ver, insisto, con que si la reforma es buena, si la reforma expropia, no expropia. A propósito de eso, ninguna de esas demandas que se han interpuesto ha prosperado la etapa de admisión porque todas son básicamente insustanciales, sino que esencialmente lo que se está centrando es si la forma en que se aprobó, especialmente en ese último debate, la ley que contiene la reforma pensional es ajustada a un artículo de la Constitución, en particular el 157 que exige que las leyes se tengan que aprobar en cuatro debates completos. Entonces el argumento de la senadora Valencia es el siguiente, ella dice, vea, hubo tantos, lo que se llama técnicamente vicios de procedimiento en ese último debate, tantas irregularidades de la ley quinta de 1992 que se podría interpretar que esas irregularidades en su conjunto configuran una ilusión del último debate. Entonces, para ella, básicamente, esa reforma pensional no completó con los cuatro debates exigidos en la Constitución por la suma de las irregularidades. Y hay tres irregularidades principales que ella define en su demanda. La primera es que dice, vea, se estaba omitiendo discutir los artículos de la reforma pensional artículo por artículo porque hay un artículo en la ley quinta que dice que si un congresista pide eso, se tiene que cumplir. Segunda irregularidad dice la señora Valencia vea que el texto que cuando aprobaron esa proposición acogiendo el texto del Senado no se conocía el texto del Senado dice aquí le faltó publicidad al texto de lo que estaba votando la Cámara de Representantes y el tercero dice la senadora Valencia el tercer vicio de procedimiento esencialmente es que cuando estaban votando esa proposición famosa que adopta el texto del Senado solo había pasado aproximadamente una hora de debate de esa proposición cuando alguien en el Congreso solicitó una cosa que se llama moción de suficiente ilustración. ¿Para qué? Para terminar la discusión sobre esa proposición y entrar a votar. Entonces, eso es un mecanismo que tienen los congresistas cuando ya hay mucho tiempo, cuando ha pasado más de tres horas en el mismo debate o en su efecto más de dos sesiones completas en el mismo debate, los congresistas pueden decir, mucho tiempo, cuando ha pasado más de tres horas en el mismo debate o en su efecto más de dos sesiones completas en el mismo debate, los congresistas pueden decir, vea, ¿sabe qué? Ya hemos debatido lo suficiente, entremos a votar. Entonces la señora Valencia dice, vea, para que un congresista tenga derecho a solicitar esa moción de suficiente ilustración, el debate sobre el texto que se está aprobando o sobre el texto que se está debatiendo tiene que haber pasado por lo menos tres horas y solo pasó una hora antes de que solicitamos la suficiente ilustración y entraron a votar esa proposición. Entonces, esa es la demanda, ese es el corazón de la demanda de la zona de violencia. La demanda llegó y empezó a ser, le cayó a nada menos que al presidente de la corte, Jorge Enrique Ibáñez, y lo que habíamos sabido a través de los medios es que venía con una ponencia negativa. Negativa, una ponencia negativa, se filtró dos veces. Acordémonos además que ese proceso tomó mucho tiempo, mucho más tiempo de lo esperado por un error de procedimiento que se configuró en la misma Corte Constitucional, entonces acordémonos que esa demanda llega, inmediatamente se suman otras personas a esa demanda, ellos lo que tienen que hacer es correr unos traslados, es definir una serie de recusaciones que le hacen la ciudadanía o, en su defecto, impedimentos que ellos mismos como magistrados solicitan. Y la exmagistrada, hoy Diana Fajardo, ella dijo, venga, yo me voy a declarar impedido para la discusión de esta ley porque yo fui beneficiaria directa del contenido de esa ley. ¿Cuál fue el beneficio directo? Que ella utilizó la oportunidad de trasladarse extemporáneamente del artículo 76. Entonces ella, pues, muy correctamente dijo, yo me declaro impedida y me retiro de la discusión. ¿Cuál es el tema? Eso es un informalismo que es de profesor en Casposo de de biblioteca de Derecho en Colombia, pero estos formalismos es lo que termina explicando por qué se demoraron tanto en la corte discutiendo esto entonces, ¿qué fue lo que pasó? la sala plena no votó ese impedimento, simplemente asumieron que lo habían votado, ellos no se acordaron que no lo habían votado, corrieron traslado para que la Procuradora General de la Nación en ese entonces, Margarita Cabella, prendiera un concepto de uso obligatorio en este tipo de discusiones. Ese concepto era negativo. Ese concepto lo que hacía era apoyar la ponencia del magistrado Ibañez en el sentido de la demandante, que se configuraron unos vicios insubsanables que configuraron la ilusión del debate. Entonces, todo estaba muy bien. Para abril se suponía que ya iba a ser la sala plena en donde iban a tomar la decisión de fondo sobre esta sobre esta demanda y en abril se dieron cuenta uy, alguien se dio cuenta algún funcionario de la corte constitucional se dio cuenta uy, no votamos el impedimento de la doctora Fajardo entonces como no votaron ese impedimento les tocó retrotraer todo hasta el puro principio. ¿Por qué? Porque si no lo hacen y votan y alguien se da cuenta de esa falta de detalle, la sentencia puede ser anulada. Entonces se pierde todo el trabajo. Entonces el magistrado Iván lo que dijo no, pues protraemos absolutamente todo. Votaron el impedimento, sacaron a la doctora Fajardo y ahí sí volvieron a correr traslado al nuevo procurador general de nación, ahora el doctor Gregorio El Hatch, cuyo concepto era radicalmente distinto al de su antecesora y radicalmente distinto a las pretensiones de la demanda. ¿Y qué decía esa...? Ese concepto, básicamente lo que decía es, aquí no hay ningún vicio. Acordémonos además que el procurador El Hatch fue 14 años secretario general del Senado de la República, una persona que tiene un peso especial. Sabe esto, sabe el procedimiento y estamos hablando de una demanda de constitucionalidad sobre el procedimiento legislativo. Y él argumenta sus razones por las cuales él cree que no se configuró ningún vicio, inclusive él cita unas autoras muy interesantes sobre cuál es el peligro de declarar que aquí hubo un vicio, etc. Básicamente, esa es mi tesis, lo que yo he sostenido públicamente es que el procurador se basó en parte de su concepto en una intervención ciudadana extraordinaria que hizo el profesor Uprimni con el doctor Juan Sebastián Ceballos también en ese mismo sentido, diciendo aquí no hubo ningún vicio, entonces estamos en esto, estamos una demandante que pide tumbar la ley completamente un ponente, presidente de la corte constitucional que pide tumbar completamente la ley, un procurador general de la nación, 14 años secretario general del senado, pible en ley quinta que dice aquí no hubo ningún vicio. Y una configuración de una corte constitucional que es incierta por lo demás, porque no se sabe exactamente cómo predecir cuál es el sentido de voto de cada uno de los magistrados. Y llegamos esencialmente a la semana, a esta semana, a esta semana del 18 de junio, día en el cual, 17 de junio, perdón, día en el cual la Corte Constitucional saca una cosa que se llama flash informativo. a ese escenario que usted estaba planteando. Todo lo contrario a lo que inicialmente se sabía y que iba a ser liderado por el ponente de la Corte, el doctor Jorge Ibañez. La expectativa era esa. La expectativa era que eso se iba a caer. Eso se iba a caer o en su defecto van a lograr un bloque suficientemente grande para salvar la reforma pensional. Existía también el rumor de que le iban a devolver, pero nadie sabía muy bien cómo iba a ser eso. Pero el flash informativo, ¿qué dice? Y llega el flash informativo. Entonces lo primero es, antes de hablar de contenido del flash, es lamentar que la Corte lleva dos ocasiones que utiliza esta figura de flash informativo y en ambas ocasiones ha creado una discusión gigantesca sobre la ambigüedad del mismo contenido del flash. La primera vez fue la de sobre la sentencia del Zero Rating, que usted mismo hizo un debate aquí muy interesante entre Ana Bejarano y Héctor Riveros a propósito de esa sentencia. La sentencia no se conoce, no se conoce ni siquiera el comunicado sino simplemente la decisión una decisión que se podía interpretar de mil maneras, y la segunda vez que lo haces con esta reforma pensional, entonces acordémonos que antes la corte constitucional de los noventas, básicamente hablaba con sentencias, publicada la sentencia, tal, después hacia mediados de los 2000 empezaron a utilizar un comunicado de prensa y eso fue una discusión gigantesca sobre la validez de los comunicados de prensa sobre si eso era jurídicamente viable o no y ahora estamos en los flashes informativos si esto sigue así vamos a terminar básicamente tuiteando las decisiones de la corte constitucional espero que no pero espero que no igual tiene que ver eso yo de todas maneras no creo que eso tenga que ver con una especie de maldad de la Corte o pereza ni nada por el estilo. Todo lo contrario, yo creo que están sobrecargados de trabajo al punto en que les corresponde sacar este tipo de comunicaciones. La verdad es que no dan para... No dan. Están sobrecargados de trabajo. Hay que hacer una discusión como muy profunda en el Congreso de la República en el marco de una reforma judicial sobre la cantidad de trabajo y la cantidad de expectativas que tenemos puestos sobre la Corte Constitucional también. La Corte Constitucional no podría decir que es casi que víctima de su propio éxito. Tenemos unas enormes expectativas sobre la Corte, unas enormes expectativas sobre el rigor de la Corte porque ha sido exitosa justamente en garantizar los derechos de la Constitución. Llegamos al flash informativo y el contenido del flash informativo es lo primero que dice. Dice, devuélvase la ley 2381 al presidente de la Cámara de Representantes. Y contiene esencialmente dos órdenes y dos suspensiones. Todas están interrelacionadas. Entonces la división es puramente analítica. Básicamente en contenido todas están completamente interrelacionadas. La primera orden de ese flash informativo, lo que dice es que con el propósito de subsanar, dice ese flash informativo, con el propósito de subsanar el vicio de procedimiento en que se incurrió en el trámite de la ley 2381, advertido en esta providencia, dice tal cual el flash informativo le ordenamos a la plenaria de la cámara de representantes que vuelva a someter a discusión y someter a votación la proposición que adopta el texto completo del Senado esa es la primera orden es decir, para que la gente entienda. Es decir, que tienen que volver otra vez a votar si están de acuerdo o no en... Adoptar íntegramente el texto del Senado. El texto del Senado que fue la petición que planteó en su momento el entonces ministro del Interior, Luis Fernando Velasco. Exactamente. Vuelvan a discutir y vuelvan a votar esa proposición. Pero, ojo, María Jimena, el flash informativo es vago, el flash informativo es ambiguo, porque dice, con el propósito de subsanar el vicio de procedimiento que se incurrió. Pero acordémonos que, como con lo que acabamos de hablar, había tres vicios que había detectado la demandante. ¿Cuál es el vicio al que se estaban refiriendo? Pero yo le tengo algo un poquito más de chiva, si se puede decir. Por supuesto. Yo tengo entendido, según fuentes que he podido consultar, para que la Corte haya mandado de nuevo la reforma a la Cámara no tiene nada que ver con ninguno de esos vicios. Pero en cambio sí tiene que ver con uno que no estaba detallado en la demanda de Paloma ni estaba acogido por el presidente Jorge Enrique Ibáñez en su ponencia y que tiene que ver con el hecho de que se cerró el debate antes de tiempo. Y eso tiene una manera, disposición especial en la ley quinta. La moción de suficiente ilustración. Es correcto. Eso me parece que es distinto. Me parece interesante. Me parece interesante porque es un vicio de procedimiento que se subsana relativamente fácil. Y se subsana esencialmente discutiendo la proposición por lo menos durante tres horas o por dos sesiones, dependiendo hay dos maneras, o por tres horas o por dos sesiones según la ley quinta. Entonces, si se discute la propos, por tres horas o por dos sesiones según la ley quinta entonces, si se discute la proposición por tres horas y alguien vuelve a solicitar la moción de suficiente ilustración, en principio el piso queda subsanado, y votan y si votan favorablemente otra vez esta proposición entonces vuelve otra vez la reforma a la corte constitucional, entonces la primera orden es esa, la orden es discutan esta proposición o sea, discutan esta proposición primero que todo, discutan a mínimo por el tiempo suficiente para poder hacer la moción de suficiente ilustración. Tengo entendido. Tengo entendido porque como usted dice no tenemos sino un flash informativo. Pero en fin. La segunda que dice. Dice entonces la Corte, esa orden básicamente de votar votar, discutir y votar le da un plazo a la Cámara de Representantes le dice, ustedes tienen 30 días hábiles de una legislatura o en su efecto si convocan a sesiones extraordinarias, de unas sesiones extraordinarias para poder tomar esa decisión si la notifica este flash informativo como que no tiene ningún efecto vinculante de nada, o sea, básicamente tienen que esperar al auto a que se lo notifiquen formalmente al presidente de la Cámara. Si lo notificasen, por ejemplo, el martes de la próxima semana, si lo notificasen hoy, si lo notificasen hoy, suponiendo que eso llegase a pasar hoy, 19 de junio, 30 días hábiles terminarían el 1 de agosto, aproximadamente, más o menos. O o el 19 de junio, 30 días hábiles terminarían el 1 de agosto, aproximadamente, más o menos. O la última semana de julio, o los primeros días de agosto. Pero entonces, para eso necesitarían convocar el presidente de la República a sesiones extraordinarias de la Cama de Representantes, con el objetivo de discutir esta esta proposición, esta reforma pensional. Entonces, le da 30 días para discutir y votar esta proposición esta reforma pensional se le da 30 días para discutir y votar esta proposición y además, eso es lo que me pareció más raro María Jimena, además de los 30 días que le da para votar, le da en caso dado en que se necesite conciliar los textos de Senado y Cámara, le da una legislatura completa al Congreso de la República para poderla conciliar. A mí me parece raro por lo siguiente, María Jiménez, quisiera ser crítico en esto, es he visto varios proyectos de ley, varios proyectos de ley sociales, importantes, interesantes que tienen que ver, por ejemplo, con los muchachos de ICETEX, etcétera, que se han hundido en el Congreso de la República porque les faltó un día para poderse conciliar. Se votaron los cuatro debates. Había un texto que no correspondía de un artículo entre las leyes de Senado y Cámara y no se alcanzó a conciliar y se cae por el trámite por el vicio de trámite de no cumplir con los cuatro debates y la conciliación en el tiempo estipulado. Eso a mí me parece que lo que está haciendo la Corte en este caso en particular es criticable desde ese punto de vista, porque está utilizando un estándar distinto para la reforma pensional. Ahora, el mensaje quizás que está enviando el Congreso de la República es esta ley es de tal importancia que nosotros le damos el tiempo a ustedes suficiente para que discutan con tranquilidad sobre el destino de la reforma pensional. Cosa que, desde una perspectiva, digamos, de ética de la responsabilidad, como le llamaba Max Weber, es un buen mensaje. Es un mensaje de tómense el tiempo suficiente para discutirlo y conciliarlo con cierto tiempo. Como también hemos investigado aquí en a fondo con todas nuestras fuentes, es evidente que a pesar de que tenemos un flash informativo, lo que va a suceder es que no solamente se va a subsanar, no sabemos cómo todavía este problema de vicio, digamos de un vicio en el trámite en la Cámara de Representantes, sino que también se le abre la puerta y eso me lo dejaron claro muchas de las personas con las que hablé, también se le abre la puerta al debate, a que se vuelva a debatir. Eso es importantísimo. Artículo por artículo. O sea, que no estamos pensando que tenemos todavía reforma pensional y que va a entrar el primero de julio, porque falta el debate. Y va a haber debate, ¿no es verdad? ¿Por qué no aclarar? Entonces, claro, ahí la discusión es la siguiente. Yo creo que la Corte, insisto, puede haber mandado un mensaje a partir de una perspectiva de la responsabilidad de decirle al Congreso, vea, ustedes están un poquito afanados por el tema de la... Es más, eso es un mensaje, inclusive, que lo habla Uprini Ceballos en su concepto y en el concepto del Procurador también. Dice la Corte, es probablemente un reconocimiento a que el filibusterismo en el Congreso de la República no debe ser una práctica aceptable constitucionalmente. Hay varios estudios empíricos en términos de teoría constitucional que establecen cuáles son los riesgos que implicaría aceptar que en Colombia, a diferencia de Estados Unidos u otro tipo de congresos, se acepte el filibusterismo como una práctica deliberada en el Congreso de la República. ¿Y el filibusterismo es lo que...? El filibusterismo y el obstruccionismo por parte de la oposición es utilizar, abusar de cierta manera de algunas figuras del trámite de procedimiento para poder frenar la discusión, no permitir la discusión justamente de un proyecto de ley con el cual no están de acuerdo, pero es el abuso de esas figuras no es el hecho de que utilicen por ejemplo de vez en cuando sí, la ruptura del cuerno cosa que es absolutamente legítima, pero por ejemplo María Jimena, mil proposiciones para un articulado de 95 artículos eso nunca se había visto, mil proposiciones se había proposiciones que básicamente le cambiaba la coma de un artículo a otro. ¿En la Cámara? En la Cámara. Entonces, pues, son proposiciones absolutamente inanes. Y pretender que se tengan que debatir esas mil proposiciones, pues, básicamente era enterrar, en efecto, la discusión de fondo sobre la reforma pensional. Entonces, básicamente, el filibusterismo es el abuso de ese tipo de figuras para impedir una decisión. Exacto, pero eso fue lo que usted dice sucedió cuando se estaba discutiendo. Exacto, entonces, ¿qué es lo que dice el procurador? ¿Qué es lo que dice el procurador en su concepto? Pues, ojo, que la discusión sobre si hay vicios o no de procedimiento en el trámite de esta ley y en la aprobación de esta ley, tiene que verse completo ¿y cómo así que completo? pues se tiene que ver cómo el trámite en las dos corporaciones, tanto en el Senado y la Cámara, hubo efectos deliberados por parte de la oposición en general y de otros congresistas que abusaron de algunas figuras para aplazar la discusión, para no discutir en efecto el contenido de la demanda y que se hundiera por términos. Es decir, un poco la idea es, no que se utilizaron estas figuras, que es absolutamente legítimo hacerlo en una oposición, pero utilizarlo de forma razonable. ¿Cuáles serían esas figuras? La ruptura de quórum por ejemplo lo que ocurrió entre el primero y el segundo debate en el Senado a cargo de la presidencia del senador Iván Name que dejó pasar siete meses sin justificación el agendamiento del segundo debate en la plenaria del Senado de la República siete meses dejó pasar el senador Iván Name, en su momento presidente del Senado, entre una cosa y otra, con la excusa peregrina que se tenían que hacer muchas audiencias públicas. Se hicieron ocho audiencias públicas. ¿Qué más audiencias públicas se necesitaban? Con una, parece, o con dos o con tres era bastante suficiente, porque además ya se habían hecho en la misma comisión séptima del Senado, con las rupturas sistemáticas del quórum, con la interposición de proposiciones inanes, estas cambian una coma, le cambian dos palabras a un texto de un artículo inane y eso lo hicieron sobre todo quienes, los de la oposición? Sí, hubo una estrategia deliberada por parte de algunos congresistas de la oposición que hicieron eso, más de mil proposiciones para un artículo, para 95 artículos. Hubo otras proposiciones, quiero decirlo también, hubo dentro de la misma oposición, muchas proposiciones que eran, pues, buenas, eran buenas proposiciones que merecían ser discutidas en el trámite de la plenaria de la Cámara inclusive en la Comisión Séptima de la Cámara hubo proposiciones interesantes Rescato 2, por ejemplo me acuerdo de unas proposiciones del representante Andrés Forero, del Centro Democrático, que es un opositor al gobierno, que hablaba sobre cómo el umbral de cotización no se debería medir en salarios mínimos sino en UBT eso permitiría por ejemplo también aliviar de cierta manera la presión fiscal a largo plazo de la reforma pensional, otra proposición de un congresista más bien independiente de Duvalier del Valle del Cauca que lo que quería era solicitar él tenía tres proposiciones para que se discutieran justamente para alterar la fórmula de determinación de la pensión en el pilar contributivo del componente de prima medida de la nueva reforma pensional, es decir, en colpensiones. Eso también permitiría aliviar la carga o la presión a largo plazo de económica, de la sostenibilidad, de mejorar la sostenibilidad del sistema a largo plazo en términos fiscales. Entonces, había proposiciones buenas, pero había muchas proposiciones que eran verdaderamente un abuso de esa figura, con el objetivo de que las discutieran una por una para que no tuvieran el tiempo suficiente de discutir el texto, decidir sobre el texto y conciliar. Entonces, esa discusión fue. Y otra cosa que yo creo que es importante es que fue una decisión unánime de la Corte, que yo creo que es interesante porque el ponente que quería prácticamente, El ponente que quería, prácticamente, que había acogido la tesis de la demanda planteada por Paloma Valencia, en este caso el presidente de la Corte, Jorge Enrique Ibáñez, pues termina apoyando una tesis completamente... Intermedia, si se quiere, porque si usted usa los dos polos o declararla exequible como quería el procurador o declararla completamente inexequible como quería el presidente de la corte constitucional, pues esto de devolverla es una especie de tesis intermedia que le permite al Congreso volver a discutir, volver a discutir sobre esa proposición y en caso dado en que esa proposición no se acoja, bueno, volver a discutir toda la ponencia que venía para el último debate de la representante Alfonso, que insisto, era mejor texto de lo que se aprobó en el Senado. Y conciliar. Es decir, le da tiempo al Congreso para seguir discutiendo una reforma que es el contrato intergeneracional por excelencia de las sociedades democráticas, que son los sistemas de pensiones. Entonces tenemos esas dos órdenes y tenemos dos suspensiones que son importantes también tener en cuenta. La primera suspensión es relativamente obvia y es que la Corte dice todas las otras demandas, porque llegaron más de 100 demandas a esta reforma pensional, van a quedar suspendidas hasta que nosotros no decíamos sobre esta demanda en este momento. Y la segunda es que la ley, como se aprobó, queda suspendida en el articulado, es decir, lo que usted dice es completamente cierto, María Jimena, no vamos a tener, pues salvo que algo extraordinario ocurra, reforma pensional para 1 de julio de este año, salvo en dos artículos. Entonces, queda suspendida la ley, sigue existiendo la ley 193 como veníamos, salvo en dos artículos. Artículo número uno que sigue vigente complementario de ahorro individual, es decir, en la AFP que usted va a escoger o que escogió o que le asignaron ya porque ya le habían llegado la notificación de asignación para poder hacer las cotizaciones por encima de los 2.3 salarios mínimos entonces esos dos artículos se mantienen vigentes todo lo demás queda suspendido esa suspensión es clave porque viene también en el marco de una una especie de de, ¿cómo se llama? pulso que hace la corte constitucional con el congreso, porque le dice, vea, señores congresistas, esta ley, a pesar de que ustedes por ejemplo, insistan y la voten y la concilien esta ley no entra en vigencia sino hasta que yo decida, corte constitucional entonces lo que tiene que hacer el Congreso de la República es eso, decidir conciliar, si es el caso de conciliar si es necesario conciliar volver a enviar a la corte constitucional el texto y la corte ahí si va a tener que discutir nuevamente sobre los vicios de procedimiento y todos estos temas del filibusterismo y demás ya con una receta comestible y ahí sí la va a poder probar y va a poder decir está bien o está mal o sea para que llegue ese momento todavía estamos lejos para que llegue ese momento por lo menos por. Para que llegue ese momento, por lo menos, por lo menos, nos faltan unos días, unos 30 días. Bueno, Kevin, muchísimas gracias. Yo creo que esa receta de lasaña... Todavía está cruda, hombre, ahí me la volvieron a meter al horno. Entonces hay que esperar a que se termine de cocinar para que la corte pueda en efecto probarla y definir si por los argumentos de la sanadora Paloma Valencia esa receta está podrida o es digerible. Herman, y finalizo con el hecho de que es importante que la gente entienda por qué es importante una reforma pensional, que el país necesita desde hace mucho tiempo, porque si quieres me puedes hacer esas frases claves de por qué, en una frase muy contundente, Kevin, por qué es que nosotros necesitamos esta reforma pensional? O pues lo que pueda... Una reforma pensional, digamos, la reforma pensional como todo es básicamente el resultado de tensiones políticas, fuerzas políticas y de negociaciones que se han tenido que hacer y esta reforma pensional fue la excepción. Entonces, básicamente la reforma pensionaria era necesaria en Colombia por tres razones fundamentales, la primera es que teníamos un sistema que no pensionaba y que condenaba en efecto a que los adultos mayores hoy en día tengamos dos de cada tres adultos mayores en la pobreza o en la pobreza extrema eso no tenía ningún sentido número dos teníamos un sistema que no cumplía con su posición de pensionar y además era muy costoso. Todos los años Colombia le dedica a pagar una transición mal hecha en 1993 porque es como dejar el agua abierta, la llave del agua abierta. colpensiones aproximadamente 18 billones de pesos o 20 billones de pesos de hoy en día para que se mantenga esta competencia entre las AFP y colpensiones. ¿Por qué? Porque las AFP tienen a los cotizantes y las colpensiones tienen a los pensionados. Y con las metodologías de financiación de cada sistema, pues implica que a colpensiones necesitamos meterle 18 billones de pesos para pagar esas pensiones. Y la tercera y quizás más importante, es que teníamos un sistema profundamente injusto, en donde las personas con mejores salarios terminaban recibiendo parte de esos subsidios que se deberían ir. Las personas que mejor les fue en la vida, las personas que mejor les fue en la vida terminan recibiendo los subsidios que se deberían dirigir a las personas que peor les fue en la vida, entonces teníamos un sistema injusto, costoso y que no cumplía con su misión luego, este sistema no es perfecto, tiene algunos problemas, insisto, y además por la forma en que fue lo acabamos de discutir, por la forma en que fue condimentada pues no quedó probablemente muy ricaica pero era necesario y sobre esta base, y María Jiménez yo creo que esto es importante tenerlo en cuenta para ahora que vamos a empezar un año electoral el próximo año para todos los próximos candidatos la política pensional debería ser una política de Estado porque es el contrato intergeneracional más importante de una sociedad democrática, es la manera en que nosotros redistribuimos los recursos entre diferentes cohortes, entre personas mayores, de diferentes condiciones económicas y las personas más jóvenes. qué es esta reforma pensional y sobre esa base empezar a corregir aquello que haya quedado mal, que no esté funcionando adecuadamente y los parámetros del mismo sistema se tendrán que reformar. Yo creo que la gente lo entiende. La gente entiende, efectivamente, que el sistema tal como está, y la misma ministra Ramírez y el presidente de Colpensiones lo han dicho, esto se va a tener que ir reformando a través del tiempo. Las edades de pensiones van a tener que subir, los tiempos de cotización van a tener que subir, la generosidad del sistema va a tener que volverse a revisar. Todo siempre, obviamente, con el fin de mantener un sistema que sea un poquito más susto con los adultos mayores. Muchas gracias, Kevin. Muchas gracias, Marí Jimena. Un gustazo. Lo mismo. A Fondo es un podcast producido por Mafialand. Producción general, Beatriz Acevedo. Producción de audio, Juan Felipe Rojas. Música original, del maestro Oscar Acevedo. Nos pueden escuchar también en mi canal de YouTube. Gracias por escuchar. Soy María Jimena Duzán