Exclusivo: Lista la sentencia al hacendado Santiago Uribe Vélez

Exclusivo: Lista la sentencia al hacendado Santiago Uribe Vélez

08 de nov de 2024

El periodista Daniel Coronel presenta un detallado informe sobre el caso del juicio al caballista Santiago Uribe Vélez, implicado en el grupo paramilitar 'Los Doce Apóstoles'. Cuatro años después de terminadas las audiencias, la sentencia por fin está lista para ser notificada.

Capítulos

El Proceso Judicial

Más de tres años y nueve meses han pasado desde que terminaron las audiencias públicas del juicio contra Santiago Uribe Vélez, hermano del expresidente Álvaro Uribe. La Fiscalía y la Procuraduría lo acusan de concierto para delinquir y homicidio agravado. A pesar del tiempo transcurrido, el juez Jaime Herrera Niño aún no había emitido un fallo, pero ahora la sentencia está lista para ser notificada.

Investigación Periodística

Dos periodistas, Edivanovsky Banoy y Sergio Mesa, han seguido de cerca el caso durante años. Banoy comenzó a documentar el caso hace 17 años cuando ambos trabajaban en Noticias Uno. Mesa incluso escribió un libro sobre el tema llamado El apóstol Santiago.

Personajes Clave

El relato incluye personajes como el sacerdote Gonzalo Palacio, quien presuntamente proporcionaba información al grupo paramilitar a través de confesiones realizadas por feligreses y ocultaba un arma en una de sus Biblias. También se menciona a varios líderes de los Doce Apóstoles y a la comunidad involucrada en el caso.

Cargos y Potenciales Consecuencias

Santiago Uribe enfrenta cargos de concierto para delinquir y homicidio agravado. Las penas potenciales oscilan entre 8 a 18 años por el concierto para delinquir, y 25 a 40 años por el homicidio agravado. Existe la posibilidad de que, si condenado, el caso sea apelable ante el Tribunal Superior de Antioquia, lo cual podría extender aún más el proceso judicial.

Conclusión

El esperado fallo sobre el polémico caso de Santiago Uribe Vélez por su presunta participación en los Doce Apóstoles está a solo momentos de conocerse. Tras una espera de casi cuatro años, tanto la defensa como los representantes de las víctimas podrían apelar la decisión, extendiendo aún más un proceso que ha capturado la atención del país.

Menciones

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               En la W, el reporte coronel. Reporte coronel llega con casi cuatro años de demora, no por culpa del reporte. Este reporte se ha debido producir hace mucho tiempo. Daniel, ¿cuál es la sentencia? Buenos días, Julio. Este es el reporte coronel. Julio, este es el reporte coronel. Mil trescientos sesenta y ocho días han pasado. Tres años y nueve meses que se cumplirán mañana nueve de noviembre. Desde que terminó el juicio al caballista Santiago Uribe Vélez por el caso del grupo paramilitar llamado los doce apóstoles. Y no hay sentencia. O mejor dicho, no había porque ya está lista para notificación y quizás, solo quizás, hoy mismo se conozca. Un muy lejano 9 de febrero de 2021 terminaron las audiencias públicas con petición de condena al hacendado y hermano del expresidente Álvaro Uribe por parte de la Fiscalía y la Procuraduría. y la Procuraduría. Lo acusan de participar en un concierto para delinquir agravado y de ser el autor del homicidio también agravado de Camilo Barrientos, el sencillo conductor de un buzo escalera, una chiva, asesinado por el sanguinario grupo de limpieza social Los Doce Apóstoles, que operaba en la región de Yarumal, Antioquia. A pesar de que todo estaba clarísimo desde esa fecha hace casi cuatro años, el juez primero penal del circuito especializado de Antioquia, Jaime Herrera Niño, no ha proferido sentencia. Al terminar las audiencias, ese nueve de febrero de dos mil veintiuno, aseguró, abro comillas, en diez días se debe proferir el fallo después de terminar los alegatos de la defensa. Pero este caso no es fácil, es complejo. Voy a poner lo mejor de mi parte para que se haga en los próximos cuatro meses. Cierra comillas. Hasta ahí la cita del juez. Los cuatro meses se convirtieron en 45 meses. El juez aprovechó dos veces para pedir que le nombraran más ayuda para su despacho. Le pusieron primero un auxiliar, después un sustanciador y nada. Pero no hay plazo que no se cumpla. Finalmente su señoría Jaime Herrera Niño está listo para notificar la demoradísima sentencia. Dos periodistas y abogados han cubierto este caso como diría Gabriel García Márquez con un rigor de albañil que ya hubiera querido Dios para sus curas. Edi Banoy lleva diecisiete años registrando uno a uno los detalles de esta investigación. Empezó cuando los dos estábamos en Noticias Uno. Quizás el entramado probatorio lo llevó a enamorarse del derecho y empezó a estudiar una carrera de la que brillantemente se graduó. Por eso, mientras yo sigo siendo un simple reportero, él ahora es el doctor Edivan Hoy. Las bieles del éxito jurídico no han sido suficientes para apartarlo de la pasión por este asunto. Por eso hoy registra con asombro que por fin la sentencia está lista para notificación. Un caso similar es el de Sergio Mesa, veterano reportero que devino en abogado mientras cubrió este asunto sin fin y que escribió el libro El apóstol Santiago que alude al apasionante caso del hermano menor del hombre más poderoso del país. El plazo ha sido tan largo, tan inexplicablemente aplazado y tan desesperanzador para los reporteros que Bano y Mesa se fueron el 9 de febrero de este año a la antesala del despacho judicial con un ponquecito y una vela con el número 3 para cantarle el happy birthday a la finalización del juicio que sigue sin decisión. El juez Moroso no dijo nada, pero a esta hora los dos reporteros esperan que hoy mismo sea por fin notificada la sentencia del caso que les marcó la vida a ellos, a la periodista Patricia Uribe y a mí. Inicialmente le decimos buenos días al abogado y periodista Ed Ivanoj. inicialmente le decimos buenos días al abogado y periodista Edivan Hoy Buenos días don Daniel para usted y para todos los oyentes de la W Radio un placer estar con ustedes sí señor, son 17 años en los cuales se ha gastado mucha suela mucha suela se ha gastado en este caso empezamos con un trabajo de reportería de campo en Yarumal, visitando, de acuerdo a informaciones que se hizo en conjunto con Patricia Uribe, Álvaro Ramírez, el productor, Ignacio Gómez, Fernando Cifuentes, también que trabajó con nosotros y usted, bajo la dirección de don Daniel. Estuvimos haciendo trabajo de campo tanto en Yarumal, buscando la finca La Carolina, la finca El Buen Suceso, del señor Álvaro Vázquez Arroyave, quien tenía participación en los doce apóstoles. porque está el apóstol Juan Carlos Meneses, el apóstol Pedro Manuel Benavides, Santiago Uribe y el padre Gonzalo Javier Palacios Palacios, el padre de las dos Biblias. También está por ahí un sicario que era región del norte de Antioquia. Bueno, Eddy, usted se refiere al sacerdote Gonzalo Palacio Palacio como el cura de las dos Biblias. ¿Por qué le decían así? Porque el padre tenía una Biblia con la cual predicaba y en otra tenía, estaba marcada y en ella camuflaba un revólver calibre 32 corto. Pero este padre, ¿qué hacía? El padre llegaba por medio de la confesión, les preguntaba qué hacían sus hijos, nada, que su hijo está fumando marihuana, que es un vicioso, que su hijo está perteneciendo a grupos de limpieza, y daba la casualidad que la misma comunidad se empezaron a dar cuenta de que mediante el sacramento de la confesión, él iba dando información a este grupo de los doce apóstoles, y se iban registrando estos homicidios y empezó a generar muchas sospechas muchas sospechas, yo estuve buscando a ese padre hasta que falleció él estuvo dando sus misas en la iglesia de San Joaquín ahí por los lados de la carga 70 fui y lo busqué no le gustó mucho porque eso no era el lugar para buscarlo me metí un sermón. Bueno, en todo caso, yo lo primero que hice fue buscar la fuente para hablar con él. No quiso hablar, desafortunadamente el padre ya falleció, quien nos hubiera dado también mucha información valiosa. Doctor Banoy, ¿en dónde está usted a esta hora? A esta hora me encuentro cerca del Palacio de Justicia esperando que sean las 8 de la mañana para ingresar y solicitar la sentencia que al parecer ya está, pero he hablado con fuentes, entre ellas anoche ya me escribía al asistente del doctor Granados si le habían notificado la sentencia, me dijo que no. Quiero confirmar esta información personalmente para ver si me entregan copia de esta sentencia. Bueno, ahora saludamos al también abogado y periodista Sergio Mesa. Doctor Mesa, usted conoce cada folio del expediente, los 45 cuadernos, y estuvo prácticamente en todas las audiencias. El juez Herrera, en su criterio, se justifica que el juez Herrera se haya tomado casi cuatro años para proferir su sentencia. Daniel, muy buenos días para usted y para todos los oyentes. Muchas gracias por ese espacio. Durante tres años y medio que Ed Ivanovi y yo, además de otros periodistas de otros medios que hicieron parte del cubrimiento del juicio, fuimos testigos de cómo se fueron revelando testimonios que fueron recopilados en el año 1994, cuando se dieron las primeras denuncias que fueron recopiladas por la valiente entonces personera de Llamar, Lilian Soto Cárdenas, que en un centro informe elaborado en octubre de 1993 consignó los primeros 38 homicidios, que son los que el día de ayer ante la JEP el cabo Jairo Rodríguez Venegas certificó que habían sido asesinados por los 12 apóstoles. Entonces son declaraciones que hace más de 30 años han permanecido engavetados en los expedientes de la Fiscalía, por lo que ha corrido mucha agua bajo el puente. La Fiscalía se tardó en reabrir la investigación, teniendo en cuenta que en el 2011 se dio el revelador testimonio de Juan Carlos Meneses desde Buenos Aires, Argentina, por lo que el juez Herrera Niño, luego de haber escuchado los testigos, haber evaluado todas las pruebas recopiladas por la fiscalía durante 25 años, tiene todos los elementos para tomar una decisión, por lo que es inconcebible que hayan pasado más de tres años y medio y él no haya tomado una decisión, argumentando la congestión judicial de su despacho. la congestión judicial de su despacho. Doctor Mesa, usted escribió un libro sobre el caso que se llama El Apóstol Santiago. A su juicio, en su criterio, ¿el hacendado Santiago Uribe Vélez es culpable o inocente? Daniel, con total certeza, Santiago Uribe Vélez es responsable de haber financiado y coordinado el grupo paramilitar conocido como Autodefensas del Norte Lechero, fundado en febrero de 1992, con una aparición pública de un panfleto que fue recopilado, perdón, que fue difundido en Yarumal, y que luego se conoció judicialmente como los Doce Apóstoles, que como bien lo mencionó Edivan hoy, tomó este nombre de los Doce Apóstoles por la participación del sacerd la lista negra que confeccionaba la policía, el capitán Pedro Manuel Benavides Rivera y luego el teniente Juan Carlos Meneses Quintero, de las personas que iban a ser asesinadas por el grupo de los dos apóstoles, que tenía dos ramales, uno urbano y uno rural, al mando de Alias Rodrigo y al mando de Alias Peluechonta además está aprobado diferentes testimonios que en la hacienda La Carolina de propiedad de la familia Uribe Vélez se realizaban reuniones y además permanecían los sicarios que trabajaban en el área rural al lado de Alias Rodrigo conocido como Jorge Alberto Osorio Rojas Doctor Banoy ¿Cuál sería la condena a la que estaría expuesto el caballista Uribe Vélez de ser encontrado culpable? Don Daniel aquí mirando el proceso dice que dicen así, a propósito de lo aludido referente práctico se le reprochó al ciudadano Santiago Uribe la realización de dos conductas punibles autónomas e independientes muy importante estas dos palabras autónomas e independientes En el artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo 4 del artículo de grupos armados ilegales aplicable por favorabilidad a pesar de haberse perpetuado la conducta en vigencia del decreto ciento ochenta de mil novecientos ochenta y ocho adoptado por la como la legislación permanente por el decreto veintidós sesenta y seis de mil novecientos noventa y uno. Este delito de concierto para delinquir mirando aquí en el código penal va a una pena de ocho a dieciocho años y seguimos con el comisivio del señor Camilo Barrientos y dice, el cual por favor se le adecuó con el contenido del artículo 103 y video agrado en virtud del numeral séptimo del artículo 144 de la ley 599 del 2000, a pesar de haberse cometido en vigencia de los artículos 323 y 324 del decreto 100 de 1980, modificados por los artículos 29 y 30 de la ley 40 de 1993. Esto lo que voy a decir yo es a título personal, no quiere decir que estoy comprometiendo tampoco la... Es una opinión de acuerdo a lo que ha hecho el análisis y el estudio que se hizo en el kinder del doctor Gustavo Salazar Pineda, la abogada de la mafia, hemos debatido mucho este tema en cuanto al homicidio y el concierto palenquí, porque todos están en lesa humanidad, ¿no es cierto? Nos dicen, es un delito de lesa humanidad, o sea, no prescribe, pero miremos qué es el delito de lesa humanidad, son crímenes graves que violan derechos fundamentales de la humanidad, son considerados ataques contra la dignidad y la integridad de las personas. En este caso, el derecho a la vida que tenía Camilo Barrientos. Cometidos sistemáticamente, ahí se cometieron más de 500 homicidios en esta región del norte de Antioquia, generalizada y perfectada por el Estado, en este caso miembros de la policía, organizaciones, otros apóstoles o individuos ahí tenemos el delito de lesa humanidad pero que aplica desde mi concepto y del estudio que hemos hecho en el kinder del doctor Gustavo Salazar al homicidio más como son y decíamos aquí en la parte introductoria y lo dije que era muy importante que era son punibles autónomos e independientes el concierto para delinquir es autónomo, no está ligado al derecho de lesa humanidad. Vamos a ver qué nos responde en esta sentencia del juzgado primero especializado de Antioquia en cuanto a que este delito va por una pena de 8 a 18 años. Para mí, yo digo que el delito del concierto para delinquir lo pueden condenar, pero ya prescribió, mientras el delito del homicidio agravado de Camilo Barrientos va por una pena de veinticinco a cuarenta años, está vigente, y probablemente sea condenado. Me generan dudas también, la fiscalía solicitó a través del fiscal delegado, el doctor Carlos Iván, solicitó la condena por el homicidio de de Camilo Barrientos y el concierto para el inquilino. Pero la procuradora, la doctora Liliana Marín, solicitó que solamente fuera condenado por el concierto para el inquilino porque según ella en sus alegatos finales manifestaba que se demostró claramente que se había demostrado que en la finca La Carolina también tenían un campo de concentración, pero ahí viene como un interrogante que nos genera, porque es que al lado de la finca La Carolina había también un centro de entrenamiento para reclutas llamado La Carolina. Entonces hacían los disparos, hacían todo esto, paralelamente pasaba esto en la finca La Carolina, entonces hacían los disparos, hacían todo esto, paralelamente pasaba esto en la finca La Carolina, entonces era como una forma de pasar desapercibidos, que no se dieran cuenta, camuflarse con el ruido de los militares y los ruidos que hacían en la propia finca La Carolina. Es decir, ocho a dieciocho años concierto para delinquir, veinticinco a cuarenta años el homicidio agravado. Doctor Mesa, ¿la decisión del demoradísimo juez es apelable? Sí, señor. Independiente de cuál sea la decisión, sea la parte civil o la defensa del señor Santiago Uribe a través del abogado Jaime Granados, pueden acudir al Tribunal Superior de Antioquia para que sea revisada esta decisión e incluso la decisión del Tribunal Superior de Antioquia puede ser parte de un recurso extraordinario de casación ante la sala penal de la Corte Suprema de Justicia. Bueno, pues mil gracias a los señores periodistas que se volvieron abogados, Ed Ivanovi y Sergio Mesa. Cuatro años llevan ellos y el país esperando esta sentencia y resulta que ahora podrá venir una apelación de Santiago Uribe Vélez o de los representantes de las víctimas y tendremos otra vez que esperar la decisión del Tribunal Superior de Antioquia y quizás una casación en la Corte Suprema de Justicia. Paciencia. Como sea, por fin está lista la decisión. Quizás en catorce minutos, cuando suenen las ocho campanadas y se abra el despacho, sabremos el sentido. Este fue el reporte coronel de hoy. Muchas gracias.