
Exdirector de la DIAN analizó ley de ajuste fiscal: IVA, renta y exenciones para personas naturales
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Proyecto de ley de rescate
Debates legislativos, medidas de austeridad estatal, incentivos a la inversión privada y propuestas tributarias contempladas en el proyecto conocido como la ley de rescate en Colombia.
En esta entrevista, el exdirector de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Lisandro Junco, analiza el proyecto de ley de rescate y ajuste fiscal en Colombia.
Resumen generado con IA a partir de la transcripción.
En esta entrevista, el exdirector de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Lisandro Junco, analiza el proyecto de ley de rescate y ajuste fiscal en Colombia. Junco contextualiza la iniciativa a partir de la delicada situación económica del país, caracterizada por un déficit elevado y niveles récord de endeudamiento donde uno de cada tres pesos del Estado se destina al pago de deudas e intereses. Frente a este panorama y el compromiso con la regla fiscal, el exfuncionario examina las implicaciones tributarias concretas que recaerán sobre personas naturales, empresas y el consumo, evaluando las críticas formuladas por congresistas y desmintiendo interpretaciones erróneas sobre el alcance de las medidas.
Contexto macroeconómico y justificación de la reforma
Lisandro Junco califica la ley de rescate fiscal como una reforma de carácter estructural que responde a la necesidad de financiar un presupuesto aprobado formalmente y de frenar el costo desmedido de la deuda pública. De acuerdo con el exdirector, la iniciativa busca corregir un desajuste profundo en lugar de aplicar soluciones superficiales, evitando que los tributos recaudados se diluyan exclusivamente en el pago de intereses financieros y garantizando el cumplimiento de la regla fiscal.
Ajustes en renta de personas naturales y parafiscales
Al evaluar los reparos de sectores del Congreso, Junco confirma que el proyecto modifica las condiciones tributarias de las personas naturales y de los empleadores. En materia de parafiscales, se reduce el umbral de exención para microempresarios de diez a dos salarios mínimos, generando un incremento progresivo en los pagos. En cuanto al impuesto sobre la renta, se aclara que el nuevo umbral para tributar se situará en ingresos anuales superiores a 37.709.000 pesos (aproximadamente 4.180.000 pesos mensuales) con una tarifa inicial del 9%, desmintiendo que los trabajadores que perciben un salario mínimo vayan a ser gravados. Asimismo, se valida la reducción del tope de rentas exentas anuales de 790 a 630 UVT (disminuyendo de cerca de 70 a 61 millones de pesos), la eliminación del beneficio por dependientes económicos y el inicio de la retención en la fuente desde los 3.400.000 pesos mensuales.
Reconfiguración del IVA y esquema de devolución
La reforma contempla que una amplia gama de productos gravados al 5% pasen a la tarifa plena del 19%, entre los que se incluyen café, azúcar, aceite, pastas, computadores y medicina prepagada, mientras que bienes básicos exentos y excluidos entrarían a tributar al 19% a partir del primero de enero de 2028. Para mitigar el impacto, el proyecto introduce el mecanismo denominado 'el efectivo', enfocado en devolver el IVA mediante facturación electrónica al 70% de la población, cubriendo hogares con ingresos de hasta 3.400.000 pesos. Frente a las dudas sobre la viabilidad de exigir factura electrónica en municipios apartados o tiendas rurales, Junco argumenta que el IVA actual opera como un subsidio ciego para quienes sí tienen capacidad de pago, y defiende que la tecnología, a través de facturación electrónica simplificada o modelos con códigos QR como la nota fiscal en Brasil, permite focalizar eficientemente la compensación a los sectores vulnerables.
Gravámenes específicos sobre los licores
El análisis también corrobora una mayor carga fiscal sobre las bebidas alcohólicas. El exdirector de la DIAN explica que este sector no solo experimentará un incremento en el IVA del 5% al 19%, sino que paralelamente sufrirá un aumento en el impuesto al consumo ad valorem sobre el valor de la botella, el cual pasará del 25% al 35%.
Puntos clave de la discusión
- La reforma responde a una presión fiscal crítica, motivada por una deuda estatal en máximos históricos donde un tercio de los ingresos públicos se destina al servicio de la deuda.
- El umbral para empezar a declarar y tributar renta en personas naturales baja a 4.180.000 pesos mensuales a una tarifa del 9%, descartando el pago del gravamen para quienes perciben salario mínimo.
- Se reducen los beneficios tributarios existentes mediante el recorte en los topes de rentas exentas, la eliminación de la deducción por dependientes económicos y la disminución del umbral de exención de parafiscales empresariales.
- Diversos bienes y servicios con tarifas reducidas del 5% migran a la tarifa general del 19% de IVA, y alimentos básicos entrarían a gravarse a partir de 2028.
- El mecanismo de devolución de IVA se proyecta para el 70% de la población con ingresos inferiores a 3.400.000 pesos, apoyándose en la facturación electrónica para corregir subsidios generalizados a estratos altos.
- El régimen de los licores se incrementa mediante la subida del IVA al 19% y el aumento del impuesto ad valorem al 35%.
